El control de constitucionalidad
Definición. Características. Derecho argentino.
Control de constitucionalidad: Es la función jurisdiccional ejercida para tutelar y mantener la supremacía de la Constitución Nacional.
Se dirige contra toda actividad que -por ser infractoria de la Constitución Nacional- se califica como inconstitucional o anticonstitucional.
Se dirige contra toda actividad que -por ser infractoria de la Constitución Nacional- se califica como inconstitucional o anticonstitucional.
Caracteres:
a) Se encuentra a cargo de todos o de cualquier de los jueces: sistema jurisdiccional difuso.
b) Se ejerce solamente respecto de causas judiciables. Se excluyen cuestiones políticas no judiciables.
c) Vía procedente: indirecta, incidental o de excepción.
d) Se promueve a petición de parte interesada.
e) La declaración se limita al caso resuelto: sus efectos son "inter partes".