DEFENSA DEL CONSUMIDOR - Ley Nº 24.240
Derecho de información
Derecho de información
"ARTICULO
4º — Información. El proveedor está obligado a suministrar al
consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las
características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las
condiciones de su comercialización.
La información
debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada
en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo
se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario
optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de
comunicación que el proveedor ponga a disposición."